sábado, 24 de agosto de 2013

CONTRATO DE OBRA
El contrato de obra puede ser conceptuado como “aquel contrato por el que un de las partes se obliga respecto de la obra a obtener un determinado resultado con propia actividad, organización y medio, asumiendo su propio riesgo y la otra a pagar por ello un precio cierto.”
Este contrato recibe diversas denominaciones: “contrato de obra”, “contrato de ejecución de obra”, “contrato de empresa” y “arrendamiento de obra”.
Entre los diferentes tipos de contratos de obra tenemos los más comúnmente usados como son:

§  Contratos por administración directa o delegada,

  • Contratos a monto global (Suma global, llave en mano, etc.) y
§  Contrato a Precios Unitarios (El más usual en las contrataciones de obras): es aquel que está conformado por un presupuesto integrado por paridas, cutos precios son el producto del cálculo de dicho análisis de precios y el monto total de la obra es la sumatoria de los subtotales de cada partida.
·        Contrato general de construcción:  son los documentos con los cuales se adquieren los compromisos para realizar una obra bien sea a precios unitario o a precio alzado, de acuerdo con las condiciones establecidas, Así como los derecho y obligaciones de la parte contenidas en el clausurado del mismo. El contenido de los contratos esta formado por:

1)   Enunciado
2)   Antecedentes
3)   Clausulas de : que, como, cuanto, donde
4)   Derecho y obligaciones de las partes
5)  Firmas de las partes

·        Contratos complementarios: son los contratos que se realizan con empresas especializadas que tiene patentes o sistemas constructivos que únicamente ellos pueden realizar.

·        Licencias de construcción son los documentos que permite realizar las obras con la autorización oficial de las dependencias municipales o estatales en su caso.
Para tener una licencia de construcción hay que pagar los derechos correspondientes como son alineamiento número oficial y uso de suelo, dictámenes de pacto humano, impacto ambiental, impacto de vialidad y transito, en su caso que correspondan a protección civil y la propia licencia de construcción.
El costo de la licencia de construcción seré de acuerdo con los metros cuadrados construidos, género y calidad de obra.

·        Fianzas de contrato federal o subcontratos: las fianzas son los documentos que se obtienen de las compañías afianzadoras para poder garantizar el cumplimiento de las obligaciones de un contrato.
Las fianzas que se requieren para una obra son las siguientes:
1.      Fianza por el anticipo
2.      Fianza por el cumplimiento del contrato (moto del 10%)
3.      Fianza por vicios ocultos (moto del 10%).

El constructor garantiza a la afianzadora por medio de la presentación de documentos de un bien inmueble, para que en el caso que se tenga que hacer efectiva una fianza, la afianzadora grabara en el registro publico de la propiedad ese bien inmueble para tener la seguridad de recuperar el monto que la afianzadora tendrá que entregar al propietario o independencia con quien se firmo el contrato del constructor.
Las fianzas tienen un pago de 1% sobre su importe mas gastos administrativos de mas menos $2,000.
Al término del cumplimiento que cubre la fianza se deberá solicitar al propietario o dependencia publica la devolución de los originales de la fianzas, para que sean entregadas a la afianzadora, y de esta forma quede terminada la responsabilidad sobre dichas fianzas  reanudación de obra, de subdivisión de predio, de fusión de predios, de licencia de obra menor y de licencia de obra mayor. (Para el día 8 de abril)
CONTRATO $10’000,000.00
ANTICIPO 30%
FIANZAS
FIANZAS POR ANTICIPO $3’000,000.00
FIANZA POR CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 10% = $1’000,000.00                                        (al termino de la obra y tiene vigencia de un año)



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