CONTRATO DE OBRA
El
contrato de obra puede ser conceptuado como “aquel contrato por el que un de
las partes se obliga respecto de la obra a obtener un determinado resultado con
propia actividad, organización y medio, asumiendo su propio riesgo y la otra a
pagar por ello un precio cierto.”
Este
contrato recibe diversas denominaciones: “contrato de obra”, “contrato de
ejecución de obra”, “contrato de empresa” y “arrendamiento de obra”.
Entre
los diferentes tipos de contratos de obra tenemos los más comúnmente usados
como son:
§ Contratos
por administración directa o delegada,
- Contratos a monto global (Suma global, llave en mano,
etc.) y
§ Contrato a
Precios Unitarios (El más
usual en las contrataciones de obras): es aquel que está conformado por un
presupuesto integrado por paridas, cutos precios son el producto del cálculo de
dicho análisis de precios y el monto total de la obra es la sumatoria de los
subtotales de cada partida.
·
Contrato general de construcción: son
los documentos con los cuales se adquieren los compromisos para realizar una
obra bien sea a precios unitario o a precio alzado, de acuerdo con las
condiciones establecidas, Así como los derecho y obligaciones de la parte
contenidas en el clausurado del mismo. El contenido de los contratos esta formado
por:
1) Enunciado
2) Antecedentes
3) Clausulas de : que, como, cuanto, donde
4) Derecho y obligaciones de las partes
5) Firmas de las partes
·
Contratos complementarios: son los contratos que se realizan con empresas
especializadas que tiene patentes o sistemas constructivos que únicamente ellos
pueden realizar.
·
Licencias de construcción son los documentos que permite realizar las
obras con la autorización oficial de las dependencias municipales o estatales
en su caso.
Para tener una licencia de construcción hay que
pagar los derechos correspondientes como son alineamiento número oficial y uso
de suelo, dictámenes de pacto humano, impacto ambiental, impacto de vialidad y
transito, en su caso que correspondan a protección civil y la propia licencia
de construcción.
El costo de la licencia de construcción seré de
acuerdo con los metros cuadrados construidos, género y calidad de obra.
·
Fianzas de contrato federal o subcontratos: las fianzas son los documentos que se obtienen
de las compañías afianzadoras para poder garantizar el cumplimiento de las
obligaciones de un contrato.
Las fianzas que se requieren para una obra son
las siguientes:
1. Fianza por el anticipo
2. Fianza por el cumplimiento del contrato (moto
del 10%)
3. Fianza por vicios ocultos (moto del 10%).
El
constructor garantiza a la afianzadora por medio de la presentación de
documentos de un bien inmueble, para que en el caso que se tenga que hacer
efectiva una fianza, la afianzadora grabara en el registro publico de la
propiedad ese bien inmueble para tener la seguridad de recuperar el monto que
la afianzadora tendrá que entregar al propietario o independencia con quien se
firmo el contrato del constructor.
Las
fianzas tienen un pago de 1% sobre su importe mas gastos administrativos de mas
menos $2,000.
Al
término del cumplimiento que cubre la fianza se deberá solicitar al propietario
o dependencia publica la devolución de los originales de la fianzas, para que
sean entregadas a la afianzadora, y de esta forma quede terminada la
responsabilidad sobre dichas fianzas reanudación
de obra, de subdivisión de predio, de fusión de predios, de licencia de obra
menor y de licencia de obra mayor. (Para el día 8 de abril)
CONTRATO
$10’000,000.00
ANTICIPO
30%
FIANZAS
FIANZAS
POR ANTICIPO $3’000,000.00
FIANZA
POR CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 10% = $1’000,000.00 (al
termino de la obra y tiene vigencia de un año)
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